INFORMACIONES PRÁCTICAS |
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En esta página se recogen informaciones sobre la reglas establecidas por los países en cuanto a la entrada de productos en sus aduanas. El envío de efectos personales de nacionales volviendo a sus países esta usualmente exento de impuestos y tasas, sin embargo, dado que las normativas de cada país varían y son diferentes, es recomendable consultar a la Embajada o Consulado del país de destino, cual es la norma vigente. La información contenida en esta página es meramente informativa, no responsabilizándose nuestra Empresa de su vigencia o aplicación. La información se actualiza regularmente incluyendo nuevos países. El lenguaje utilizado es español, el del país reseñado o el inglés. | |
ARGENTINA |
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MUESTRAS |
4 facturas comerciales. |
ANIMALES |
Certificado de salud y permiso de importación legalizado por el Consulado. Pre-aviso de 24 horas remitido a la aduana, indicando tipo de animal y datos del destinatario. |
EQUIPAJE DESACOMPAÑADO |
No precisa de documentación. Es necesaria una lista de contenido (original y copia) para la aduana |
INFORMACION ADICIONAL |
Disposiciones
Legales: Los
residentes argentinos que ingresen a territorio nacional estarán libres
de impuestos y franquicias sobre todo lo que conforme el equipaje del
viajero (ropa y objetos personales usados). No pueden traer: Mercadería con finalidad comercial o
susceptible de venderse. Armas de fuego sin la debida
autorización del organismo competente. Mercaderías de importación prohibida
por razones económicas (salud, seguridad, etc) Pasajeros que llegan de países
limítrofes
Pueden traer: Mercadería nueva, sin carácter
comercial hasta por un valor de U$S 150 y hasta U$S 150 del Free Shop.
El excedente abona el 50% de impuestos. Pasajeros que llegan de países NO
limítrofes Pueden traer: Mercadería nueva, sin carácter
comercial hasta por un valor de U$S 300 y hasta U$S 300 del Free Shop.
El excedente abona el 50% de impuestos. |