INFORMACIONES PRÁCTICAS

En esta página se recogen informaciones sobre la reglas establecidas por los países en cuanto a la entrada de productos en sus aduanas. El envío de efectos personales de nacionales volviendo a sus países esta usualmente exento de impuestos y tasas, sin embargo, dado que las normativas de cada país varían y son diferentes, es recomendable consultar a la Embajada o Consulado del país de destino, cual es la norma vigente. La información contenida en esta página es meramente informativa, no responsabilizándose nuestra Empresa de su vigencia o aplicación. La información se actualiza regularmente incluyendo nuevos países. El lenguaje utilizado es español, el del país reseñado o el inglés.

MEXICO

MUESTRAS

Factura pro-forma por triplicado. Para muestras sin valor comercial no se aplican tasas. Para muestras con valor comercial se aplican las tasas como embarques comerciales

ANIMALES

Previa licencia de la "Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos" es necesaria. Inspección en la llegada. Perros: Certificado vacunación rabia. 

EQUIPAJE DESACOMPAÑADO

Solo el pasaporte del pasajero es necesario para retirarlas

INFORMACION ADICIONAL

Menaje de casa

Las personas residentes en el extranjero que planeen establecer su residencia temporal o permanente en México, pueden introducir su menaje de casa libre de impuestos al comercio exterior. Se incluyen las siguientes mercancías usadas:
Ajuar y mobiliario de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia.
Ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte.
Instrumentos científicos de profesionales, herramientas de obreros y artesanos indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio del solicitante. Los instrumentos científicos y las herramientas no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres
Las necesarias para el desempeño de las labores de periodismo para prensa, radio o televisión.

Menaje permanente

Obtenga en el Consulado Mexicano más próximo a su domicilio la declaración certificada de menaje, en la cual deberá manifestar:

Nombre completo

Domicilio donde estableció su residencia en el extranjero

Sitio donde establecerá su residencia en México

Descripción y cantidad de bienes del menaje

Tiempo de residencia en el extranjero, si es ciudadano mexicano. Tratándose de emigrantes nacionales, el tiempo de residencia en el extranjero no podrá ser menor a dos años para ser considerado como repatriado

Copia del pedimento de importación de menaje de casa anterior, si lo hubo

Manifieste el lugar de residencia; describa y cuantifique el menaje

Remita el menaje a la aduana por la que va a efectuar la importación

Active al mecanismo de selección automatizado, que determinará si la mercancía se revisa o no

Recoja el menaje.

 

Menaje de estudiantes o investigadores mexicanos

Requisitos:

Haber residido en el extranjero por lo menos un año

Solicite la autorización de importación a la Administración Local Jurídica, sin que sea necesario la presentación de la declaración certificada por el consulado mexicano del lugar en donde residió

Manifieste por escrito nombre, domicilio en el extranjero, descripción y cantidad de bienes del menaje

Compruebe mediante documentos

Su residencia en el extranjero como estudiante o investigador

La fecha de adquisición de los bienes del menaje (adquirido seis meses antes de que pretenda importarse)


Muy importante:
Los ciudadanos mexicanos deberán contar con un lapso mínimo de dos años de residencia en el extranjero en el caso de que sean repatriados.
No se consideran parte del menaje las mercancías (materias primas, equipos, inventarios, etc.) necesarias para desempeñar actividades comerciales o industriales, ni los vehículos